Conoce las nuevas ayudas a la transformación y modernización de invernaderos

Ayudas a la transformación y modernización invernaderos.

Ayudas a la transformación y modernización invernaderos.

El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), dos reales decretos por los que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para sendas líneas de inversiones destinadas a la transformación ambiental y digital del sector agrícola y ganadero que suman un total de 345 millones de euros entre los años 2021 y 2023. Estas subvenciones financiarán actuaciones contempladas dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), por lo que serán financiadas con fondos del instrumento europeo de recuperación Next Generation EU.

Se trata del “Plan de Impulso a la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y Ganadería”, II y III, inversiones C3.I3 y C3.I4, contempladas en el componente 3 del PRTR que gestiona el MAPA y que tiene como objetivo adoptar reformas estructurales para promover un cambio en el modelo de producción agrícola y ganadera que mejore su sostenibilidad en términos medioambientales, económicos y sociales, según ha informado el propio Ministerio en una nota de prensa.

La segunda línea de estas ayudas (C3.I4), referente a Inversiones en Agricultura de Precisión, Eficiencia Energética y Economía Circular, contará con un presupuesto total de 307 millones de euros durante los próximos tres años (2021, 2022 y 2023) destinados a promover la inversión privada, que quedarán divididos en cuatro programas de apoyo diferentes.

Programa de apoyo (ayudas) a la transformación y modernización de invernaderos hortícolas, flor cortada y planta ornamental

En el programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos hortícolas, flor cortada y planta ornamental se destinarán 120 millones de euros a la realización de inversiones tanto productivas, para la mejora estructural y la eficiencia energética de este tipo de instalaciones o la incorporación de sistemas de riego por goteo y fertirrigación, como no productivas, para subvencionar actuaciones que incluyen la instalación de sensores y sistemas de climatización, el aprovechamiento de aguas pluviales o la instalación de plantas de compostaje. El montante para 2021 es de 40,2 millones de euros, de los que 31,6 millones corresponden a Andalucía, una importante cuantía en ayudas a la transformación y modernización de invernaderos para nuestra comunidad autónoma.

Guía sobre el programa de ayudas a la transformación y modernización de invernaderos

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, productoras de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero, que sean titulares de una explotación agrícola.
  • Cuando se trate de inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización de productores de frutas y hortalizas, cooperativa o sociedad agraria de transformación reconocida por la autoridad competente cuyos miembros son titulares de una explotación agraria de producción de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero.

No podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas los titulares de explotaciones que deseen llevar a cabo la construcción de un invernadero ex novo, si bien se podrá destruir un invernadero situado en una ubicación y levantar uno nuevo en otra ubicación, pero siempre dentro de la misma explotación lo cual deberá acreditarse de la manera que determine la comunidad autónoma.

  • Actuación 1- Transformación integral: La transformación integral del invernadero consistirá en la demolición de un invernadero preexistente y su substitución por otro invernadero que cumpla las características mínimas establecidas en el anexo II y la realización de una o varias de las inversiones elegibles enumeradas en el artículo 16. La superficie de invernadero substitutivo podrá superar a la del substituido en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la «superficie mínima» indicada en el anexo II, o para incorporar áreas de la misma parcela, susceptibles de ser invernadas que antes de la intervención tuvieran usos secundarios, tales como: caminos, balsas, instalaciones eléctricas u otras instalaciones no productivas asociadas al invernadero sustituido.
  • Actuación 2 - Modernización: Consistirá en la realización de una o varias de las inversiones elegibles enumeradas en el artículo 16, en un invernadero preexistente, debiendo reunir el invernadero resultante al menos las características mínimas establecidas en el anexo II. La superficie del invernadero modernizado podrá superar a la del preexistente sólo en el caso de que el incremento sea necesario para alcanzar la «superficie mínima» indicada en el anexo II.

Con carácter general, para que sean subvencionables las actuaciones deberán cumplir los siguientes requisitos de inversión mínima:

  • Para la actuación 1-Transformación integral: 160.000 euros/hectárea.
  • Para la actuación 2-Modernización: 100.000 euros/hectárea.

Inversiones de tipo productivo

Serán inversiones elegibles de tipo productivo las relacionadas a continuación, con carácter limitativo: Para los productores de hortalizas o flor cortada o planta ornamental:
  • Instalación de un sistema de doble puerta.
  • Instalación de un sistema de doble techo.
  • La implantación de un sistema automatizado de ventilación cenital en todos los módulos y lateral en todo el perímetro.
  • La instalación de pantallas térmicas/de sombreo que funcionen de manera automática según la temperatura y la radiación.
  • La instalación de sistemas de humidificación automática.
  • La instalación de nebulizadores.
  • La instalación de destratificadores.
  • La instalación de iluminación.
  • Instalación de sistemas de fertilización carbónica (sistemas de recuperación de gases en inyección de sistemas de CO2 puros).
  • La instalación de un sistema de refrigeración cooling o fog system con ventiladores recirculadores
  • La instalación de un sistema de calefacción por agua.
  • La instalación de un sistema automatizado de riego por goteo o de fertirrigación.
  • La instalación de material de cubierta: plástico rígido (policarbonato) y vidrio.
Para los productores de flor cortada o planta ornamental:
  • La instalación de mesas.
  • La instalación de máquinas sembradoras, enmacetadores y mezcladoras de substratos.

Inversiones de tipo no productivo

Adicionalmente, serán inversiones elegibles de tipo no productivo las relacionadas a continuación, con carácter limitativo: Para los productores de hortalizas o flor cortada o planta ornamental:
  • Instalación de un sistema de aprovechamiento de aguas pluviales: canalización y balsa de almacenamiento.
  • El acondicionamiento de la balsa de riego para el fomento de la biodiversidad.
  • Creación de refugios de biodiversidad (setos perimetrales: 1m de anchura o equivalente al 4% de la superficie del invernadero).
  • La instalación de una planta de compostaje en la explotación de los socios o en terreno de la entidad asociativa, en su caso.
  • La instalación de sensores de riego.
  • La instalación de sensores de análisis de nutrientes.
  • La instalación de sensores de lumínicos.
  • La instalación de sensores de humedad.
  • La instalación de sensores de variables atmosféricas.
  • La instalación de energías renovables cuyo fin sea cubrir las necesidades energéticas de la explotación.
  • Para cultivo en hidroponía: instalación de sistemas de recogida, desinfección, almacenaje y recirculación del agua de drenaje
Para los productores de flor cortada o planta ornamental:
  • La instalación de infraestructura de recogida y reutilización del agua de riego, con sistema de análisis del abono en agua.

La intensidad máxima de las ayudas para cada una de las tipologías de inversión elegibles será la siguiente:

  • Límite máximo para las inversiones de tipo productivo: 40 % del coste elegible.
  • Límite máximo para las inversiones de tipo no productivo: 65% del coste elegible.

Estos límites podrán incrementarse en 20 puntos porcentuales, en el caso de las inversiones colectivas o de inversiones cuyos beneficiarios tengan la condición de jóvenes agricultores.

La cuantía máxima de la ayuda se establece en:

  • Para actuaciones realizadas por los beneficiarios individuales: 3.000.000 de euros
  • Para actuaciones realizadas por los beneficiarios colectivos: 15.000.000 de euros

Específicamente, si se trata de grandes empresas, la cuantía máxima de la ayuda será la correspondiente a los costes netos extras de ejecutar la inversión en la zona en cuestión, frente a la situación contractual en la que no hay ayuda.

Actualización:

Como comentamos, corresponde a las comunidades autónomas la convocatoria de las ayudas. Las comunidades autónomas podrán dictar convocatorias sucesivas durante todos o algunos de los ejercicios presupuestarios correspondientes, o una única convocatoria que cubra varios ejercicios.

La primera convocatoria deberá aprobarse en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 948/2021, es decir, del 3 de noviembre de 2021. Por tanto, todavía no se ha abierto el plazo de presentación de las solicitudes en Andalucía, lo cual podría darse de manera inminente.

Como se ha publicado a principios de mayo, el plazo de solicitud permanecerá abierto desde las 9:30 horas del 16/05/2022 hasta las 17:0 horas del 15/06/2022 17:00 horas. Para el cómputo del plazo de solicitud se han tenido en cuenta los días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Contacta con nuestro Departamento de Atención al Socio para conocer todos los detalles de la convocatoria, así como parte de la documentación que será requerida para la tramitación. Se trata de una oportunidad para aquellos agricultores que cuenta con invernaderos en sus instalaciones o explotaciones agrarias, ya que este programa de ayudas ha sido dotado con una importante cuantía.

 

Contacta con nuestro departamento e infórmate

Nuestro Departamento de Atención al Socio cuenta con amplia experiencia en la tramitación de subvenciones y ayudas al sector agrario. Para conocer todos los detalles de este programa, cómo puedes optar a recibir esta ayuda o cuál es el proyecto que debes presentar, solo tienes que rellenar este breve formulario de contacto para que podamos comunicarnos contigo y ofrecerte información de manera individualizada.


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